sábado, 4 de diciembre de 2010

HERENCIAS, DONACIONES Y LEGADOS .GRUPO 4 CONTABILIDAD Y AUDITORÍA "A"



HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES

 Es el impuesto aplicado a las personas naturales o jurídicas que reciben herencias, legados o donaciones que hayan incrementado su patrimonio a título gratuito, estos  beneficiarios tendrán la obligación de cumplir con el pago del mismo.
 
Este impuesto es aplicado  sobre el avalúo comercial de los bienes vigente a la fecha del fallecimiento o del año de constitución de la escritura de donación.
El valor a pagar se realizará si el monto recibido por la herencia, legado o donación, supera la base imponible para el cálculo del Impuesto a la Renta.
En estos casos no se harán “RETENCIONES”.
La declaración se deberá realizar siempre, aunque no exista valor a pagar, para herencias y legados  se deberá presentar dependiendo la fecha del fallecimiento. En el caso de donaciones se efectuará previa la inscripción de
la escritura o contrato.

 Se debe presentar anexos, una vez presentada la declaración y en un plazo de 20 días hábiles, en las oficinas del SRI con  anexos que detallen  la información de cada uno de los beneficiarios. El formulario 108 y su anexo son los
únicos documentos habilitantes para el Registro de la Propiedad, Bancos y otras entidades.



La aceptación de la herencia o legado para los efectos tributarios, se considerará efectuada si han transcurrido seis meses a partir de la fecha de fallecimiento del causante.
  ¿Cómo se declara?

         La declaración se debe presentar en el formulario 108 en las Instituciones financieras ó  a través de la página web
         En el caso de personas naturales que no tengan RUC podrán identificarse con su número de cédula
         Mientras que para las personas y sociedades que realizan una actividad económica deberán registrar su número de RUC 

LEY ACTUAL DEL IMPUESTO A LAS HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES

 Las reglas han cambiado, si tienes herencias debes pagar de forma diferente tus impuestos. Hasta el 2007, existía una tarifa única del 5% sobe el excedente de la fracción básica desgravada; la Ley estableció una tabla progresiva con una tarifa de hasta el 35%, que en caso de herencias entre personas en el primer grado de consanguinidad se reduce a la mita.
 TABLA DEL IMPUESTO
 
 APORTACIÓN:
Para entender como funciona el impuesto a herencias, legados y donaciones revisemos este ejemplo.
-Si una persona natural o jurídicarecibe una herencia , legado o danacion evaluado en 150.000,00 cuanto será su impusto?
Cálculos
Los 150.000,00 está dentro de los 100.000,00 y 200.000,00 entonces:
150.000-100.000,00 = 50.000,00*5% = 2.500,00 este seá el valor a pagar 
COMENTARIO
Mishell
Mediante la investigación de este tema nos dice si los bienes de una persona natural o jurídica  en el exterior son transferiadas a otra persona persona natural o jurídica en el Ecuador este bien o derecho generará siempre un impuesto.
Las personas naturales o jurídicas que perciban un bien declararán su impuesto a la renta.
Este impuesto grava el crecimiento Patrimonial por la trasferencias a título gratuito de bienes.
Jessica

Ingresos gravados y deducciones a estos ingresos, se aplicarán únicamente las siguientes deducciones:
 Los gastos de la última enfermedad, de funerales, de apertura de la sucesión, inclusive de publicación del testamento, sustentados por comprobantes de venta válidos.
Si estos gastos hubiesen sido cubiertos por seguros u otros, y que por lo tanto no son deducibles para el heredero, la falta de información u ocultamiento del hecho se considerará defraudación.
 Las deudas hereditarias inclusive los impuestos, que se hubiere encontrado adeudando el causante hasta el día de su fallecimiento.
 Los derechos de albacea que hubieren entrado en funciones con tenencia de bienes.
                                                                                              

 SOLICITUD PARA LA DECLARACION DE HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES
Quito, a _______de _________ del 20 __

SEÑOR DIRECTOR REGIONAL DEL NORTE DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS.
Presente.-

De mis consideraciones:

Yo, _________________________________________________________________________________ ,
con  cédula  de ciudadanía No. ________________________________, por mis propios derechos; en mi calidad de (parentesco o condición)______________________________________del causante o donante  el  Sr. (a) __________________________________________________________________.

LLENAR ESTE ESPACIO SOLO EN CASO DE HABER APODERADO, TUTOR O CURADOR.

Y, mediante poder o sentencia otorgado _______________________________________________,con cédula de ciudadanía No. ___________________________________________________________________.                                       

Solicito se sirva declarar prescrito el Impuesto a la Renta sobre Ingresos Provenientes de Herencias, Legados o Donaciones, y se me  extienda  una  declaratoria de prescripción,  ya  que  ha  transcurrido  el tiempo para su procedencia según las normas legales vigentes a la fecha de configuración de este impuesto, cuyo hecho generador (marque con una) X : fallecimiento         o donación        se produjo el día: 
                                                    ..  .
Por lo que declaro, que no se ha interrumpido tal prescripción por ninguno de los motivos expuestos en  la Codificación del Código Tributario, y  conocer lo establecido en el Art. 354 del Código Penal sobre el Falso testimonio y perjurio.

Con tal fin adjunto los siguientes documentos:

REQUISITOS PARA HERENCIAS  O LEGADOS:
·         Copia a color de cédula de ciudadanía del heredero, legatario o donatario solicitante (si es analfabeto, notarizar la huella en esta solicitud).
·         Copia de papeleta de votación de las últimas elecciones del heredero, legatario o donatario solicitante.
·         Original o copia notariada de la Partida de defunción del causante.
·         Si el solicitante tiene en relación al causante un parentesco diferente a hijo, adjuntar según el caso, los documentos que permitan verificar su condición de heredero.
·         Copia Certificada de Sentencia de Juicio Sucesorio, si existiera.
·         Copia simple de Testamento, en caso de haberlo.
·         Copia simple del poder o sentencia, en caso de haber apoderado o curador.

REQUISITOS PARA DONACIÓN:
·         Original o Copia de la Escritura de Donación, Acta, Resolución o documento que avalice el acto.
·         Copia a color de la cédula de ciudadanía del  donatario o beneficiario.
·         Copia de papeleta de votación de las últimas elecciones del beneficiario.
·         Copia simple del poder o sentencia, en caso de haber apoderado o curador.

Atentamente,

Firma ____________________________________________________
(Heredero / legatario / donatario / beneficiario, apoderado, tutor o curador).

DATOS DE SOLICITANTE, PARA NOTIFICACIONES:
Domicilio: Calle Principal........................................ Número: ........... Intersección:......................
               Ciudad:........................  Sector:.......................................Teléfono................................................ 
 


NOTA IMPORTANTE:
·         La solicitud de prescripción la debe presentar cada uno de los herederos, legatarios, donatarios, beneficiarios;
·         En el caso de realizarlo una tercera persona se debe adjuntar una autorización simple y copia a color de cédula del autorizado.